Accidente Laboral In Itinere al Salir del Trabajo Después de un Asunto Personal – SENTENCIA III

Accidente Laboral In Itinere al salir del trabajo y despúes de hacer unas compras Sentencia

Accidente In Itinere: El accidente ocurre DESPUÉS de un asunto personal, al salir del trabajo y dirigirse hacia su domicilio

Sentencia de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo, número 409/2018 de 17 Abr. 2018, Rec. 1777/2016

En esta Sentencia se trata el elemento «CRONOLÓGICO» del accidente in itinere.

Comentando otra sentencia decíamos que la jurisprudencia exige que el accidente se produzca dentro del tiempo prudencial que normalmente se invierte en el trayecto; es decir que no haya retrasos o desviaciones en el recorrido de vuelta del trabajo que sean anormales o se deban a intereses personales del trabajador accidentado que romperían el nexo causal.

Los Hechos del Accidente

El supuesto de hecho de esta Sentencia, es el de una trabajadora que normalmente cogía el autobús para regresar el trabajo.

El día que sufre el accidente, en vez de salir del trabajo y coger inmediatamente el autobús, se para a comprar unos yogures en un supermercado cercano al centro del trabajo.

Sale del supermercado y coge el autobús para regresar a su casa. En el trayecto, el autobús tiene que frenar bruscamente y la trabajadora se accidenta sufriendo una serie de lesiones.

¿Es Accidente Laboral In Itinere?

A consecuencia del accidente le reconocen la incapacidad temporal para trabajar pero en principio la califican como accidente no laboral.

¿Qué sucede en estos casos en los que el trabajador no regresa de inmediato a su domicilio, sino que invierte un breve periodo de tiempo en hacer una gestión particular?

¿Se rompe el nexo causal entre el domicilio y el trabajo?

El Tribunal Supremo resuelve la cuestión acudiendo a la jurisprudencia sentada en casos similares.

Jurisprudencia

Asi dice: «que la causalidad NO se rompe, si la conducta normal del trabajador responde a patrones usuales de convivencia o comportamiento del común de las gentes» ( SSTS 21/05/84 Ar. 3054 ; y 17/12/97 -rcud 923/97 (LA LEY 2287/1998) -).

…que tampoco ha de excluirse la cualidad de accidente de trabajo por la «la posibilidad de alguna gestión intermedia razonable» ( STS 14/02/17 -rcud 838/15 (LA LEY 8535/2017).

CONCLUSIONES

Atendiendo a estos criterios, se llega a la CONCLUSIÓN de que el tiempo invertido por la trabajadora para ir a comprar los yogures antes de coger el autobús que la llevaba de vuelta a su casa, es breve.

Esta gestión que realiza la trabajadora se entiende como razonable y responde a «patrones usuales» de comportamiento. Se trata de una conducta normal, y no extraña. Por lo tanto el nexo causal entre trabajo y domicilio NO se rompe.

✓ Al cumplirse en este supuesto todos los elementos exigidos para que estemos en un supuesto de accidente in itinere, el accidente ha de ser calificado como laboral.

Para saber más sobre los requisitos y cuando se considera un accidente como accidente laboral in itinere, te recomendamos que leas esta otra sección de nuestra web →