¿QUÉ HACER si tienes un Accidente In Itinere?

Qué Hacer en Accidente Laboral In Itinere

Accidente Laboral In Itinere: Guía fácil de actuación en 9 Pasos

Te explicamos paso a paso, y de forma sencilla, todo lo que debes hacer en caso de accidente de camino o de vuelta del trabajo.

¿Has sufrido un accidente yendo a trabajar o volviendo de tu trabajo?
¿Qué debes hacer para que sea reconocido como Accidente Laboral In Itinere?

Tu Objetivo Principal:

Desde el principio debes tener muy claro que tenemos un OBJETIVO que lograr con estos 9 pasos básicos.

✓ Tenemos que conseguir hacer todo lo posible para que nuestro accidente sea considerado como accidente laboral in itinere.

Debes saber que si tu accidente es laboral se derivan importantes CONSECUENCIAS sobre todo económicas:

Podrás COBRAR Prestaciones e indemnizaciones que te corresponden, que son tuyas y a las que tienes derecho.

Por supuesto la SALUD es lo primero. Antes que nada está que recibas una buena atención médica.

Si sufres un accidente in itinere, esto es lo que debes hacer:

  1. COMUNICA o Notifica siempre el accidente que has sufrido a tu empresa
  2. Acude, si es posible, a un Centro de la MUTUA que cubra los accidentes laborales de tu empresa.
  3. Si no te es posible acudir a un centro de la Mutua, acude a un Centro de Salud o a un HOSPITAL para que te atiendan.
    Si no pudieras acudir por ti mismo a un Centro de Salud, llama al 112
  4. Es MUY IMPORTANTE que en los. informes del médico que te atienda quede bien claro que las circunstancias del accidente han sido laborales
  5. El MÉDICO que te atienda, determinará si el accidente ha sido laboral o no
  6. Es muy importante también que reunas todas la PRUEBAS que puedas acerca de cómo ha sucedido el accidente
  7. En el caso de que sea un accidente de TRÁFICO, nuestra recomendación es que avises a la Guardia Civil o a la Policía
  8. Si a consecuencia del accidente in itinere has sufrido lesiones que tengan que ser tratadas y ello te ha obligado a realizar determinados GASTOS, nuestro consejo es que guardes todas las FACTURAS y RECIBOS
  9. Si la Mutua o el médico que te atienda, entendieran que tu accidente no es laboral, NO TIENES QUE CONFORMARTE con esta decisión

¿QUÉ HACER si sufres un Accidente Laboral In Itinere?

Te explicamos ahora cada uno de los pasos con mayor profundidad y detenimiento:

1. COMUNICA o Notifica siempre el accidente que has sufrido a tu empresa.

De esta forma, tendrán constancia de lo que te ha pasado y podrán AVISAR a la Mutua de accidentes de trabajo para que te ATIENDAN.

2. ACUDE si es posible a un Centro de la MUTUA que cubra los accidentes laborales de tu empresa.

Explica que el accidente se ha producido cuando te DIRIGÍAS a tu trabajo o cuando VOLVÍAS de él al final de tu jornada, dependiendo de lo que haya sucedido.

Si tu empresa tuviera cubiertas las contingencias profesionales con el INSS Instituto Nacional de Seguridad Social (y no con una Mutua), deberás acudir a la Seguridad Social a que te atiendan.

3. Si no te es posible acudir a un centro de la Mutua, acude a un centro de salud o a un hospital para que te atiendan.

En cualquier caso, deja siempre bien claro al médico, que el accidente que has sufrido es laboral ya que o ibas a trabajar o volvías de tu trabajo.

Naturalmente, si no puedes desplazarte por ti mismo a un centro de salud o urgencias de un hospital, LLAMA a una ambulancia, al 112.

4. Es MUY IMPORTANTE que en los. informes que hace el médico que te atienda quede bien claro que las circunstancias del accidente han sido laborales.

Esto podrá evitarte problemas posteriores. Explicar mal lo que nos ha sucedido o no incidir en que el accidente ha sido in itinere hará que lo califiquen desde un primer momento como una contingencia o accidente común, y por lo tanto NO laboral.

Esto último dificultará enormemente el poder solicitar las prestaciones que te corresponden y las posibles responsabilidades por parte del empresario de las cuales derivarían diversas indemnizaciones y recargos.

5. El médico que te atienda, DETERMINARÁ, en función de las lesiones que se hayan producido, si el accidente ha sido laboral o no.

6. Es muy importante también, que que reunas todas la PRUEBAS que puedas acerca de cómo ha sucedido el accidente.

Ten en cuenta que este accidente sucede fuera del centro de trabajo y debemos DEMOSTRAR que el accidente ha sucedido in itinere.

7. Para ello, en los casos en los que el accidente in itinere se deba a un accidente de TRÁFICO, nuestra recomendación es que avises a la Guardia Civil o a la Policía a fin de que levanten el oportuno ATESTADO.

Toma FOTOGRAFÍAS, graba VIDEOS de los vehículos accidentados y del estado de la vía por la que circulaban ambos vehículos.

Pida los datos a posibles TESTIGOS del accidente. Solicita también los datos del otro conductor implicado.

8. Si a consecuencia del accidente in itinere has sufrido lesiones que tengan que ser tratadas y ello te ha obligado a realizar determinados GASTOS, nuestro consejo es que guardes todas las FACTURAS y RECIBOS como justificantes de esos gastos.

Por ejemplo la compra de medicamentos o gastos de rehabilitación.

CONSERVA también todos los informes médicos que te hagan.

Con todo esto podremos solicitar que nos paguen las gastos que hemos tenido como consecuencia de las lesiones del accidente.

9. Si la Mutua o el médico que te atienda, entendieran que tu accidente no es laboral, NO TIENES QUE CONFORMARTE con esta decisión.

En estos casos acude lo antes posible a un abogado especialista en accidentes laborales para que inicie un procedimiento para la determinación de tu contingencia, con el fin de que tu accidente sea CALIFICADO como laboral.

Este procedimiento se inicia ante el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), y en él deberemos explicar bien cómo se ha producido el accidente y aportar la prueba necesaria que ACREDITE que es un Accidente Laboral.

El INSS dictará un a RESOLUCIÓN, en la cual se reconocerá nuestra accidente como laboral o como no laboral.

Si la Mutua o el médico que te atienda, entendieran que tu accidente no es laboral, NO TIENES QUE CONFORMARTE con esta decisión

Igualmente, si no estamos de acuerdo con la resolución del INSS, podemos interponer DEMANDA ante los juzgados de lo social, en el PLAZO de 20 días hábiles desde que recibimos la notificación del INSS.

Consejos finales:

  • ASESORARSE Bien y lo antes posible, es fundamental para obtener una correcta calificación  de nuestra contingencia o accidente; y poder reclamar todas y cada una de las prestaciones e indemnizaciones a que podemos tener derecho.
  • Al ser un accidente que ocurre fuera del centro de trabajo, recaba todas la PRUEBAS que puedas acerca del mismo.
  • En caso de accidentes in itinere, acude siempre a un ABOGADO Especializado en Accidentes de Trabajo.

No te quedes con dudas, llama

La primera consulta es totalmente gratuita y sin ningún tipo de compromiso.

915 91 40 43

✉ Si aun te quedan dudas, pregúntame: soy Julio González, Abogado Laboralista con despacho en Madrid. CONSULTA Gratuitamente tu caso conmigo ➨