{"id":114,"date":"2018-10-25T11:55:45","date_gmt":"2018-10-25T09:55:45","guid":{"rendered":"http:\/\/www.accidenteslaboral.es\/blog\/?p=114"},"modified":"2018-10-25T11:55:45","modified_gmt":"2018-10-25T09:55:45","slug":"prevencion-riesgos-laborales-amianto","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.accidenteslaboral.es\/blog\/prevencion-riesgos-laborales-amianto.php","title":{"rendered":"PREVENCI\u00d3N de Riesgos Laborales por Amianto"},"content":{"rendered":"<h2><strong>\u00bfQu\u00e9 obligaciones tiene la empresa, a fin de prevenir la salud y seguridad de los trabajadores expuestos al amianto?<\/strong><\/h2>\n<p class=\"dropCap\">El <strong>Real Decreto 396\/2006, de 31 de marzo, establece las disposiciones M\u00cdNIMAS<\/strong> a aplicar para garantizar la seguridad y salud de los trabajadores que realicen trabajos con <strong><em>riesgo<\/em> de exposici\u00f3n al amianto<\/strong>.<br \/>\n<!--more Leer m\u00e1s --><\/p>\n<h3>Obligaciones de tu Empresa de <strong><em>Prevenir<\/em> Enfermedades Profesionales por Amianto<\/strong><\/h3>\n<p class=\"dropCap\"><strong>Las empresas cuyos trabajadores est\u00e9n expuestos o sean susceptibles de estar expuestos a fibras de <em>amianto<\/em><\/strong> o a materiales que lo contengan deber\u00e1n cumplir sus disposiciones.<\/p>\n<p>A modo de resumen vamos a enumerar las <strong>principales obligaciones que este Real Decreto impone a la empresa<\/strong>:<\/p>\n<h3>1. Debe asegurarse que ning\u00fan trabajador est\u00e9 <strong>expuesto a una concentraci\u00f3n de <em>amianto<\/em> en el aire superior a un L\u00cdMITE <\/strong>previamente fijado<\/h3>\n<ul>\n<li>El l\u00edmite en la actualidad est\u00e1 fijado en <strong>1 fibras por cent\u00edmetro c\u00fabico<\/strong>.<\/li>\n<li>Este l\u00edmite se refiere a una jornada laboral de 8 horas diarias.<\/li>\n<li>El empresario, deber\u00e1 <strong>evaluar y controlar, peri\u00f3dicamente, el ambiente<\/strong> de trabajo, haciendo una <strong>medici\u00f3n de las fibras de amianto en el aire <\/strong>del lugar del trabajo. Cuidar\u00e1 as\u00ed que no se superen los l\u00edmites antes descritos.<\/li>\n<li>Estos controles y evaluaciones deben hacerse por <strong>personal cualificado<\/strong> perteneciente a laboratorios especializados.<\/li>\n<\/ul>\n<h3>2. <strong>El empresario debe velar por REDUCIR al M\u00ednimo la Exposici\u00f3n de sus trabajadores a las fibras de amianto<\/strong>.<\/h3>\n<p class=\"dropCap\">Lo realizar\u00e1 de la siguiente manera:<\/p>\n<ul>\n<li>Debe tratar de que en los procedimientos de trabajo <strong>no se liberen fibras de <em>amianto<\/em><\/strong>, y si ello no fuera posible, deber\u00e1 velar porque no se produzca la <strong>dispersi\u00f3n<\/strong> de estas fibras por el aire.<\/li>\n<li><strong>Las fibras de <em>amianto<\/em> que se liberen, deber\u00e1n ser eliminadas <\/strong>preferentemente mediante sistemas de extracci\u00f3n.<\/li>\n<li>Los <strong>equipos<\/strong> que utilicen los trabajadores, as\u00ed como los <strong>locales<\/strong> donde desarrollen su trabajo deber\u00e1n poder <strong>limpiarse con regularidad<\/strong> asegurando que se mantienen en perfectas condiciones.<\/li>\n<li>Los materiales que contengan fibras de amianto deben ser <strong>almacenados y transportados en embalajes cerrados<\/strong> y etiquetados reglamentariamente. Advirtiendo que contienen amianto.<\/li>\n<li>Los <strong>residuos<\/strong> que se generen deber\u00e1n recogerse y transportarse, lo antes posible a lugares destinados al efecto para poder ser adecuadamente <strong>tratados conforme a la normativa de residuos peligrosos.<\/strong><\/li>\n<\/ul>\n<h3>3. <strong>La empresa deber\u00e1 adoptar una serie de MEDIDAS ORGANIZATIVAS:<\/strong><\/h3>\n<ul>\n<li>Debe tratar que el <strong>n\u00famero de trabajadores expuestos<\/strong> a fibras de amianto <strong>sea el menor posible.<\/strong><\/li>\n<li>Los trabajadores con riesgo de exposici\u00f3n a las fibras de amianto, <strong>no deber\u00e1n realizar horas extraordinarias,<\/strong> <strong>ni<\/strong> trabajar bajo el sistema de <strong>incentivos<\/strong> cuando su actividad laboral requiera realizar posturas forzadas, esfuerzos f\u00edsicos, o realicen trabajos en ambientes con temperaturas altas.Ello se debe a que la realizaci\u00f3n de este tipo de trabajos determinar\u00eda una variaci\u00f3n en el volumen de aire inspirado por estos trabajadores que podr\u00e1 hacer que se superaran los l\u00edmites marcados de inspiraci\u00f3n de fibras.<\/li>\n<li><strong>Si se sobrepasaran los l\u00edmites<\/strong> antes expuestos sobre concentraci\u00f3n de fibras de amianto por cent\u00edmetro c\u00fabico, la empresa deber\u00e1 identificar cuanto antes los <strong>motivos de tal aumento y adoptar las medidas necesarias<\/strong> a la mayor brevedad.<\/li>\n<li>En los supuestos de superaci\u00f3n de dicho valor l\u00edmite, <strong>no podr\u00e1 continuarse con el trabajo <\/strong>que se estuviera realizando hasta que se tomen medidas para garantizar la seguridad de los trabajadores afectados. Se deber\u00e1 realizar una <strong>nueva medici\u00f3n<\/strong> posteriormente para comprobar que se cumplen los l\u00edmites estipulados.<\/li>\n<li>Respecto a los <strong>lugares <\/strong>donde se realizan las actividades con riesgo a exposici\u00f3n a fibras de amianto deben:<\/li>\n<\/ul>\n<p>&#8211; Estar <strong>delimitados y<\/strong> claramente <strong>se\u00f1alados<\/strong> mediante se\u00f1ales y paneles.<\/p>\n<p>&#8211; <strong>No deben ser accesibles<\/strong> para personas distintas a aquellas que debido a su funci\u00f3n deban actuar en ellos.<\/p>\n<p>&#8211; En estos lugares esta <strong>prohibido, comer, beber y fumar<\/strong>.<\/p>\n<h3>4. <strong>La empresa debe poner a disposici\u00f3n de los trabajadores los equipos adecuados de PROTECCI\u00d3N Individual (EPIs) de las V\u00edas RESPIRATORIAS<\/strong><\/h3>\n<ul>\n<li>Debe ponerlos a disposici\u00f3n de los trabajadores, <strong>aunque no se sobrepasen los <em>l\u00edmites<\/em> de concentraci\u00f3n de fibras de amianto<\/strong> a que nos venimos refiriendo, <strong>siempre que estos lo soliciten.<\/strong><\/li>\n<li><strong>Si las medidas de <em>prevenci\u00f3n<\/em> y protecci\u00f3n colectiva<\/strong> (antes descritas) <strong>no fueran suficientes para garantizar la seguridad y salud<\/strong> de los trabajadores, deber\u00e1n, <strong>obligatoriamente,<\/strong> utilizarse los EPIs para la <em>protecci\u00f3n de las v\u00edas respiratorias<\/em>.<\/li>\n<li>Es de aplicaci\u00f3n el <strong>Real Decreto 773\/1997, de 30 de mayo<\/strong>, sobre medidas m\u00ednimas de seguridad y salud relativas a la utilizaci\u00f3n por los trabajadores de EPI.<\/li>\n<\/ul>\n<h3>5. <strong>Medidas de HIGIENE PERSONAL que debe adoptar la empresa<\/strong><\/h3>\n<ul>\n<li>Debe poner a disposici\u00f3n de los trabajadores <strong>instalaciones sanitarias apropiadas.<\/strong><\/li>\n<li>El <strong>coste de las medidas <\/strong>relativas a la <strong>seguridad y salud<\/strong> de los trabajadores, en su trabajo, no puede recaer sobre los mismos.<\/li>\n<li>Los trabajadores deben contar con <strong>ropa de protecci\u00f3n especial<\/strong> apropiada para la realizaci\u00f3n de su trabajo. Dicha ropa se la debe facilitar el empresario. El trabajador usar\u00e1 esa ropa en su trabajo <strong>debi\u00e9ndosela quitar antes de abandonar el centro de trabajo<\/strong> y salir a la calle.<\/li>\n<li>Los trabajadores deben disponer de lugares para <strong>guardar de forma separada la ropa de la calle de las del trabajo.<\/strong><\/li>\n<li>El empresario debe asegurarse de que la ropa y equipos de trabajo se <strong>limpien adecuadamente y se compruebe su buen funcionamiento<\/strong> antes y despu\u00e9s de la realizaci\u00f3n del trabajo. Si alg\u00fan equipo estuviere defectuoso deber\u00e1 sustituirlo por otro nuevo.<\/li>\n<li>Los trabajadores deben disponer, dentro de su jornada laboral, de <strong>10 minutos<\/strong> antes de la comida y otros 10 antes de abandonar su trabajo, para su <strong>aseo personal.<\/strong><\/li>\n<li><span style=\"line-height: 1.75;\">Queda <\/span><strong style=\"line-height: 1.75;\">prohibido que los trabajadores se lleven la ropa del trabajo a su domicilio<\/strong><span style=\"line-height: 1.75;\">. La ropa del trabajo debe descontaminarse por empresas especializadas.<\/span><\/li>\n<\/ul>\n<p>Esta prohibici\u00f3n surge por los numerosos casos que se han dado en <strong>familiares de los trabajadores que manipulaban en casa la ropa del trabajo para lavarla y han acabado desarrollando tambi\u00e9n enfermedades<\/strong> relacionadas con la exposici\u00f3n a las fibras de amianto.<\/p>\n<h3>6. <strong>Medidas espec\u00edficas a adoptar, por la empresa, en determinadas actividades:<\/strong><\/h3>\n<ul>\n<li>Las siguientes medidas deben adoptarse <strong>cuando exista la posibilidad de sobrepasar los l\u00edmites de concentraci\u00f3n de fibras de amianto<\/strong> antes expuestos, en el desarrollo de las siguientes actividades:\n<p>&#8211; <strong>Obras de demolici\u00f3n<\/strong>.<br \/>\n&#8211; <strong>Retirada de amianto<\/strong>.<br \/>\n&#8211; <strong>Reparaci\u00f3n y mantenimiento<\/strong>.<\/li>\n<li>Los trabajadores recibir\u00e1n los <strong>EPIs de v\u00edas respiratorias<\/strong>, as\u00ed como los dem\u00e1s EPI que fueran necesarios para garantizar su seguridad.<\/li>\n<li>Deber\u00e1n ponerse <strong>paneles de advertencia<\/strong> que indiquen que es posible que se sobrepasen los l\u00edmites de concentraci\u00f3n de fibras de amianto en el aire.<\/li>\n<li>Se debe <strong>evitar que se disperse polvo<\/strong> procedente del amianto fuera de los locales o lugares de acci\u00f3n.<\/li>\n<li>Tanto las medidas preventivas como los procedimientos de trabajo que se establezcan deber\u00e1n estar <strong>supervisados por una persona que tenga la cualificaci\u00f3n, conocimientos y experiencias necesarios<\/strong> en estas actividades.<\/li>\n<li>Antes de las labores de demolici\u00f3n o mantenimiento, se debe recabar informaci\u00f3n a fin de poder <strong>identificar todos los materiales que puedan contener amianto.<\/strong><\/li>\n<\/ul>\n<p class=\"dropCap\">Ante cualquier <strong>duda de que existan materiales con amianto<\/strong> se deben \u00a0\u00a0 poner en marcha las disposiciones establecidas en este <strong>Real Decreto<\/strong>.<\/p>\n<h3><strong>7. El empresario debe elaborar un <\/strong><strong>PLAN de TRABAJO, antes del comienzo de cada trabajo, a fin de garantizar la seguridad y salud de sus trabajadores<\/strong><\/h3>\n<p><strong>Este plan de trabajo<\/strong> debe contemplar las siguientes medidas:<\/p>\n<ul>\n<li>Primero <strong>que sean eliminados<\/strong> <strong>los materiales que puedan contener amianto,<\/strong> antes de la realizaci\u00f3n de los trabajos,. Solo ser\u00e1 posible no retirarlos, cuando la retirada suponga m\u00e1s riesgo para la salud de los trabajadores que dejarlos in situ.<\/li>\n<li>Una vez <strong>concluido el trabajo<\/strong>, habr\u00e1 que asegurarse de que <strong>en dicho lugar no existen riesgos <\/strong>por exposici\u00f3n al amianto.<\/li>\n<li><strong>Descripci\u00f3n de<\/strong> los <strong>trabajos<\/strong> a realizar <strong>y el lugar<\/strong> donde se ejecutaran.<\/li>\n<li>Tipo de <strong>material a intervenir<\/strong>. Hay que indicar si es friable o no friable, c\u00f3mo se presenta en material en la obra y en que cantidades se manipular\u00e1 el amianto.<\/li>\n<li>Fechas de <strong>inicio y duraci\u00f3n<\/strong> prevista <strong>del trabajo<\/strong>.<\/li>\n<li><strong>Identificaci\u00f3n de los trabajadores<\/strong> que van a intervenir en estos trabajos, especificando su categor\u00eda profesional, formaci\u00f3n, experiencia&#8230;<\/li>\n<li>Se han de <strong>identificar los procedimientos que se van a utilizar<\/strong> y las particularidades que haya que aplicar en dichos trabajos.<\/li>\n<li><strong>Se concretar\u00e1<\/strong> tambi\u00e9n, <strong>las medidas preventivas que se van a adoptar<\/strong> para limitar la generaci\u00f3n o dispersi\u00f3n de fibras de amianto, y las medidas adoptadas para limitar la exposici\u00f3n de los trabajadores a dichas fibras.<\/li>\n<li><strong>EPIs utilizados<\/strong> por los trabajadores.<\/li>\n<li><strong>Medidas<\/strong> que se han adoptado <strong>para evitar, que otras personas<\/strong> que se encuentran pr\u00f3ximas a la realizaci\u00f3n de estos trabajos, <strong>puedan verse expuestas.<\/strong><\/li>\n<li><strong>Medidas para<\/strong> <strong>informar a los trabajadores<\/strong> sobre los riesgos que corren y que precauciones deben tomar.<\/li>\n<li><strong>Medidas para eliminar los residuos generados<\/strong>. Debe indicarse el vertedero al que ir\u00e1n a parar y la empresa que los va a gestionar.<\/li>\n<li><strong>Indicaci\u00f3n de los recursos preventivos de la empresa<\/strong>, indicando, si los realiza una empresa exterior, que actividades ha concertado.<\/li>\n<li><strong>Procedimiento para evaluar y controlar el ambiente de trabajo.<\/strong><\/li>\n<li>Se podr\u00e1 sustituir este <strong>plan<\/strong> de trabajo por uno <strong>general y \u00fanico<\/strong> cuando se trate de la realizaci\u00f3n de trabajos de corta duraci\u00f3n.<\/li>\n<li><strong>El plan de trabajo debe ser aprobado por la autoridad laboral<\/strong> correspondiente al lugar del trabajo en el que se vayan a realizar las actividades.<\/li>\n<\/ul>\n<h3>8. <strong>El empresario debe garantizar una FORMACI\u00d3N adecuada de sus trabajadores para desarrollar este tipo de trabajos<\/strong>, que les permita reconocer qu\u00e9 materiales contienen amianto y como actuar cuando se encuentren con materiales sospechosos de contenerlo<\/h3>\n<h3>9. El empresario deber\u00e1 adoptar las medidas necesarias para que <strong>los trabajadores reciban una INFORMACI\u00d3N adecuada sobre<\/strong>:<\/h3>\n<ul>\n<li>Los potenciales <strong><em>riesgos<\/em> para su salud<\/strong>.<\/li>\n<li>Las disposiciones que contiene <strong>este real decreto<\/strong>.<\/li>\n<li>Las <strong>medidas de higiene<\/strong> que deben adoptar.<\/li>\n<li>Los <strong>peligros del h\u00e1bito de fumar<\/strong> combinados con la posible inhalaci\u00f3n de fibras de amianto.<\/li>\n<li>La <strong>obligatoriedad de utilizar los EPIs<\/strong>, as\u00ed como sobre su correcto uso y conservaci\u00f3n.<\/li>\n<li>Cualquier <strong>otra informaci\u00f3n<\/strong> sobre precauciones especiales dirigidas a reducir los riesgos de exposici\u00f3n al amianto.<\/li>\n<li>Dar\u00e1 a los trabajadores y a sus representantes <strong>informaci\u00f3n acerca de los resultados obtenidos en las evaluaciones y controles<\/strong> del ambiente de trabajo, explicando que alcance tienen esos resultados.<\/li>\n<li>Los trabajadores, de manera individual, ser\u00e1n informados tambi\u00e9n acerca de los <strong>resultados de las evaluaciones ambientales<\/strong> que se hayan hecho en sus puestos de trabajo y de los datos de su vigilancia sanitaria.<\/li>\n<li><strong>Si se superase el valor l\u00edmite<\/strong> fijado en el Real Decreto (antes referido), se deber\u00e1 <strong>informar r\u00e1pidamente a los trabajadores afectados y a sus representantes<\/strong> en la empresa, comunic\u00e1ndoles las medidas que se van a adoptar.<\/li>\n<li>Se informar\u00e1 a los trabajadores de los <strong>controles m\u00e9dicos<\/strong> que han de pasar, posteriores al cese de la exposici\u00f3n al amianto. Este control m\u00e9dico se dar\u00e1 incluso despu\u00e9s de finalizada la relaci\u00f3n laboral con la empresa.<\/li>\n<li>Los trabajadores tienen <strong>derecho a solicitar y obtener los datos que la empresa tenga,<\/strong> sobre su persona, en los registros y archivos.<\/li>\n<\/ul>\n<h3>10. <strong>La empresa deber\u00e1 Vigilar la Salud de sus trabajadores<\/strong><\/h3>\n<ul>\n<li>Se realizar\u00e1 por <strong>personal sanitario competente<\/strong>.<\/li>\n<li>Debe hacerse un <strong>reconocimiento antes de iniciarse los trabajos<\/strong> que determine si ese trabajador es apto para desarrollar estas actividades.<\/li>\n<li>Los trabajadores se someter\u00e1n <strong>peri\u00f3dicamente a revisiones<\/strong> y ex\u00e1menes de salud.<\/li>\n<li>Los <strong>trabajadores<\/strong> que cuenten con <strong>historia-m\u00e9dica de exposici\u00f3n al amianto, ser\u00e1n separados de los trabajos con riesgo<\/strong> y su salud ser\u00e1 seguida por el centro de atenci\u00f3n especializada correspondiente.<\/li>\n<li>Debido al largo per\u00edodo de latencia de las enfermedades derivadas de la exposici\u00f3n al amianto, <strong>los trabajadores que hayan cesado su relaci\u00f3n laboral<\/strong> con las empresas donde se produjo la exposici\u00f3n, <strong>seguir\u00e1n sometidos a un control m\u00e9dico peri\u00f3dico<\/strong> por el Sistema Nacional de Salud.<\/li>\n<\/ul>\n<h3><strong>11. Las empresas deber\u00e1n <\/strong><strong>conservar los datos relativos a la evaluaci\u00f3n y control ambiental, los datos de exposici\u00f3n de sus trabajadores y los datos referidos a la vigilancia sanitaria durante <\/strong><strong>un m\u00ednimo de 40 a\u00f1os despu\u00e9s de finalizada la exposici\u00f3n.<\/strong><\/h3>\n<h3>12. Las empresas que realicen este tipo de actividades deben <strong>inscribirse en el REGISTRO de empresas con riesgo de amianto<\/strong><\/h3>\n<p class=\"dropCap\">Como pod\u00e9is observar, las medidas a adoptar por las empresas que realizan actividades en las que sus trabajadores puedan estar expuestos, durante la realizaci\u00f3n de su trabajo, a fibras del amianto o a materiales que lo contengan son claras.<\/p>\n<p>El empresario debe cumplir obligatoriamente con los dispuesto en esta normativa de m\u00ednimos.<\/p>\n<p>Si realizaste o est\u00e1s realizando un trabajo donde puedas estar o <strong>est\u00e9s expuesto al amianto y tu empresa no ha adoptado estas medidas m\u00ednimas para garantizar tu seguridad y salud<\/strong> o padeces cualquier enfermedad derivada de tu trabajo, ponte en contacto con nosotros.<\/p>\n<p><!--googleoff: index-->  <\/p>\n<h4>No te quedes con dudas, llama<\/h4>\n<p><strong>La primera cita es totalmente <em>gratuita<\/em><\/strong> y sin ning\u00fan tipo de compromiso.<br \/>\n<span class=\"tlfBig\">910 28 06 74<\/span><br \/>\n<a title=\"Consultar GRATIS Abogado para Accidente Laboral; Madrid\" href=\"..\/consultar-gratis-abogado.php\">\u2709 Si aun te quedan dudas, preg\u00fantame: soy Julio Gonz\u00e1lez, <strong>Abogado Laboralista<\/strong> con despacho en <em>Madrid<\/em>. <strong>CONSULTA Gratuitamente<\/strong> tu caso conmigo \u27a8<\/a><br \/>\n<!--googleon: index--><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>\u00bfQu\u00e9 obligaciones tiene la empresa, a fin de prevenir la salud y seguridad de los trabajadores expuestos al amianto? 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