¿Qué debo hacer si me dan la baja por incapacidad temporal IT?
¿Has sufrido un accidente de trabajo y la Mutua te ha dado la baja por IT?
Te explicamos todo lo que debes hacer en estos casos.
El PARTE de Baja
La Mutua te entregará un parte de baja donde vendrá reflejado:
- Fecha del accidente
- Fecha de la baja por incapacidad temporal
- Motivo por el cuál se te da la baja por IT
Notifica a tu empresa que estás de baja
Debes COMUNICAR que estás de baja médica a tu empresa, para que sepan el motivo por el cuál no acudirás a trabajar.
Entrega el parte de baja a tu empresa
Tienes la obligación de ENTREGAR el parte de baja a la empresa en el PLAZO de 3 días hábiles.
No hace falta que acudas a la empresa a entregar el parte de baja en persona. Puedes hacerlo por cualquier medio fehaciente mediante el cual quede registro de que tú lo has enviado.
Por EJEMPLO: Un correo electrónico, fax, burofax.
Exige siempre CONFIRMACIÓN, a tu empresa, de que han recibido el parte de baja y guarda todos estos documentos para poder DEMOSTRAR que has cumplido con esta obligación.
Entrega también los partes de confirmación
También tendrás la obligación de entregar a tu empresa los partes de confirmación que te vaya dando la Mutua (o en su caso el INSS).
El PLAZO que tienes es de 3 días hábiles y podrás hacerlo de la misma manera que anteriormente te indicamos para la comunicación de la baja.
Cuando te den el alta, debes comunicarlo a tu empresa y reincorporarte al trabajo
Cuando la Mutua o en su caso el INSS te de el alta, deberás también comunicarla a la empresa, pero en este caso en el PLAZO de 24 horas.
Deberás además incorporarte de nuevo a tu trabajo al día siguiente de darte el alta.
Si NO estás conforme con la decisión de darte el alta médica
Si no estás de acuerdo con que te den el alta, puedes impugnarla a través de un procedimiento ADMINISTRATIVO.
En estos casos deberás también comunicar a tu empresa tu disconformidad con el alta que te han dado.
Los efectos del alta médica se suspenderán, por lo que continuarás en situación de baja mientras se sustancia el procedimiento administrativo pertinente. Seguirás cobrando la prestación hasta que haya recaído una decisión.
Si se resuelve confirmando tu alta médica, las cantidades que has estado percibiendo durante el tiempo de sustanciación del procedimiento se declararán indebidamente percibidas y te las podrán reclamar para que las devuelvas.
Contra la resolución administrativa puedes interponer demanda ante el juzgado de lo social en el PLAZO de 20 días hábiles.